viernes, 7 de diciembre de 2018

La constitución sobre el hambre

Artículo 39 
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

Artículo 40

Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

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